Nuevo reglamento de la ley de armas “no tiene aspectos claros”

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La nueva reglamentación de la ley Nº 19.247 prevé que no se puedan poseer más de tres armas y que las mismas estarán vinculadas a la persona incluso si las mismas les son hurtadas. Además, prohíbe la tenencia para personas que sufran de problemas cardíacos, sordera o daltonismo, entre otras cosas. Para Marcelo de Brito, juez de la Federación Uruguaya de Tiro, este marco normativo no perjudicará a la delincuencia, sino “a quienes cumplen con la ley”.

Luego de dos años de discusiones, la Ley Nº 19.247 –que contempla la tenencia, porte y tráfico de armas, municiones y explosivos– fue reglamentada el pasado 5 de diciembre, incorporando cambios que han despertado preocupación de quienes poseen la tenencia legal de armas. En este escenario, la Asociación de Coleccionistas de Armas y Municiones, el Club Uruguayo de Tiro, la Asociación Uruguaya de Tenedores Responsables de Armas de Fuego y la Cámara de Importadores de Armas y Municiones, Cazadores, Armerías y otros, impugnarán el decreto.

Marcelo de Brito, juez de la Federación Uruguaya de Tiro, coleccionista y tirador, en diálogo con CRÓNICAS mostró su descontento con el nuevo marco legal y aseguró que el mismo no posee aspectos claros. “Está muy complicado. Hay cosas que se ve que no las terminaron de pensar del todo porque llevarlas a la práctica es imposible”, dijo. Asimismo, expuso que hasta el momento se han recolectado 3.000 firmas para impugnar el decreto y presentar un recurso de amparo.

“La normativa está muy bien intencionada, pero afecta a quienes realmente cumplimos con la ley, tenemos todos los papeles en regla y presentamos una declaración jurada”, puntualizó.

Para De Brito la nueva reglamentación afectará más que nada a los nuevos usuarios de armas gracias a las exigencias físicas que se prevén. Empero, dijo que las oficinas encargadas de hacerlo no han instrumentado la normativa “porque les tiraron un paquetón que no saben cómo armarlo”.

A la vez, observó que la normativa otorga “todo el poder” al Ministerio del Interior (MI). “El Ministerio de Defensa Nacional (MDN), a través del Servicio de Material y Armamento (SMA) era quien tenía las guías de arma de fuego, y el MI, era quien daba la tenencia de armas de fuego y el porte de armas de fuego. Ahora el MI pasa a ser juez y parte, sabrá lo que yo tengo y será quien me aplique la licencia. Si mañana me dicen que no me renuevan la licencia, ¿qué hago con el patrimonio que tengo de armas?”, se preguntó.

Solo tres

La reglamentación dispone que el Título de Habilitación para la Adquisición y Tenencia de Armas (Thata) tendrá una vigencia de 3 años, vinculará directamente a la persona con el arma que se adquirirá y habilitará al solicitante a adquirir tres armas como máximo. Es decir que, en caso de que alguna de ellas fuera hurtada, la misma seguirá vinculada a su dueño original haciendo que no pueda obtener una que la suplante.

De Brito aseguró que anteriormente si se tenía una tenencia de armas, el usuario podía poseer el número que se desee dentro de los calibres permitidos. Al mismo tiempo, los coleccionistas podían tener la cantidad de armas que quisieran con los calibres que se deseara.

A la vez, expresó que este aspecto normativo “es ridículo” y que es “una de las partes espantosas” que tiene la ley. Hasta antes de la reglamentación si se sufría el robo de un arma se debía realizar la denuncia para que se diera de baja tanto el arma como la guía de la misma.

No obstante, señaló que no cree que esta disposición favorezca el robo de armas a coleccionistas, puesto que, por ley, las armas deben estar guardadas separadas de su mecanismo de funcionamiento. En este sentido, dijo: “A la delincuencia no le va a cambiar nada. Los proveedores de arma de fuego no somos los coleccionistas. Desde hace unos años hasta ahora los delincuentes tienen pistolas nueve milímetros. Se dio la casualidad, justo, que es a partir de cuando al Ministerio del Interior le adjudicaron las pistolas nueve milímetros”.

Al mismo tiempo, el marco legal prevé que se pueda extender el permiso para tener una cuarta arma en caso de que una autoridad policial así lo decrete. “La normativa tiene que ser nacional. Si un ciudadano presenta todos los requisitos para que se adjudique no debe haber ningún tipo de problemas, pero que quede a criterio de alguien es muy ambiguo”, formuló.

Si es sordo no dispare

“La nueva normativa tiene una parte sobre las exigencias físicas para los tenedores de armas que es realmente una ridiculez”, opinó De Brito acerca de las nuevas prohibiciones de tener un arma si se padece sordera, problemas al corazón o si se es daltónico.

En esta línea, indicó que “un limbo” que tiene la reglamentación es que se desconoce qué sucedería en el caso de que quien ya tiene el Thata comenzara a sufrir alguno de los padecimientos que prohíben la tenencia de armas.

Fusiles históricos

Además, De Brito expresó que la reglamentación prohíbe a los coleccionistas tener cualquier tipo de armas, tales como una ametralladora o un fusil. Aseguró que no está claro qué sucedería con las armas que ya tienen los coleccionistas en caso de que estos fallezcan, y aseguró que en un principio la ley hablaba de destrucción, una disposición que finalmente cambió.

“Ha sido un tema bastante complicado porque si lo miras desde el punto de vista armamentístico es una ametralladora pero hay cosas que tienen otro valor. Un fusil de la Segunda Guerra Mundial tiene un valor histórico internacional”, sostuvo.

Además, hizo referencia al artículo 51 de la ley que indica que “el Ministerio del Interior realizará el registro balístico de las armas de fuego que se adquieran en las Armerías, de las que sean objeto de compraventa entre particulares, de las que sean objeto de renovaciones del Título de Habilitación para la Adquisición y Tenencia de Armas y de las que sean voluntariamente entregadas al Ministerio del Interior”.

Alegó que para que esto sea posible se debe llevar las armas a Policía Técnica y emitir un disparo para registrar la huella de cada una. En Uruguay hay 1.100.000 armas según la organización Gun Policy de la Universidad de Sydney. De Brito se preguntó cuánto tiempo tendrían que estar las armas en ese lugar y qué sucedería si aquellas que poseen un valor histórico muy importante se dañaran. Asimismo, dijo que hay fusiles de caza africana que rondan los 30 y 50 mil dólares.

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Programa Cabildo Abierto.

  • Derogar la Ley N° 19.247 de armas, confeccionando una norma moderna que además de simplificar los registros con empleo de tecnología permita adquirir y tener armas para la legítima defensa en forma legal. Contemplar la experiencia y pericia del Personal Militar y Policial en la legislación.
  • Modificar la prohibición de poseer armas a cualquier ciudadano sin antecedentes y establecer que configura delito la posesión para ciudadanos con antecedentes.

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Las armas de fuego en la mira. ¿Se puede desarmar a los uruguayos?

Los programas de desarme no son realmente efectivos para bajar el delito.

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En 2015 tuve la fortuna de trabajar varios meses en el centro de investigación Small Arms Survey de Ginebra (Suiza), donde más de 40 expertos internacionales asesoran a autoridades y gobiernos sobre cómo enfrentar problemas de seguridad complejos: desde el cuidado de arsenales militares hasta el tráco internacional de armas, la presencia de bandas y pandillas o el estallido de guerras civiles.

Es también este centro de investigación el que realiza periódicamente un relevo del número de armas pequeñas y ligeras en circulación, donde Uruguay suele puntuar alto con relación a la proliferación civil de armas de fuego. Y es que, según sus estimaciones, nuestra sociedad es la más armada de América Latina (ver gráco 1), la segunda más armada del hemisferio y la quinta más armada del mundo, superados solo por Estados Unidos, Yemen, Montenegro y Serbia.

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De acuerdo con esta estimación, los civiles uruguayos tendríamos casi 1.200.000 armas de fuego, de las cuales solo la mitad estarían registradas. Como toda estimación, contiene un margen de error considerable, y es probable que la “cifra negra” de armas ilegales sea menor, como han estimado a partir de encuestas algunos académicos locales. Sin embargo, para un país de 3 millones de habitantes, el número de armas registradas –unas 605 mil– es ya de por sí bastante alto. Por eso, es correcto catalogar a la sociedad uruguaya como fuertemente armada, más allá de que no sepamos con exactitud qué posición ocupa en el ranking.
Por otro lado, la relación de muchos uruguayos con las armas de fuego siempre ha sido cercana, pero es recién en los últimos años que estas han comenzado a dominar la escena delictiva: Hasta 2011, solo 49% de los homicidios se cometían con armas de fuego. En 2018, lo fueron 71% (ver gráco 1).

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Son estos dos factores los que han llevado a algunos sectores del Frente Amplio ha poner la mira sobre la proliferación de armas y su vínculo con la delincuencia. En concreto, el precandidato Mario Bergara propone prohibir la tenencia de armas en manos de civiles, si bien no ha dado detalles sobre cómo podría implementarse. Mientras tanto, desde el sector Casa Grande se quiere llevar adelante una nueva campaña voluntaria de desarme. En este caso, vale la pena recordar que ya hubo dos campañas de esta índole en los últimos años.
El enfoque no es novedoso: si en las derechas latinoamericanas es común el discurso de la mano dura, el desarme civil suele estar entre los principales reclamos de las izquierdas. Más aún, la conjunción de ambas propuestas recuerda al Estatuto brasileño del Desarme, una estricta política de control de armas que fue aprobada en 2003 por el Partido de los Trabajadores (PT) y que el nuevo presidente brasileño está intentando dejar sin efecto. La misma suele ser mencionada desde ambos sectores del Frente Amplio, porque dicultó enormemente la compra de armas por parte de civiles e incluyó una campaña de desarme que recolectó casi 460 mil armas.
En Brasil, los partidarios del Estatuto alegan que es la única medida que logró revertir temporalmente el aumento constante de la violencia armada. Sus detractores, en cambio, niegan su impacto positivo y critican una ley que diculta el acceso a las armas de fuego por parte de una población desamparada, a la merced de criminales y delincuentes armados.
Analicé dicha política en profundidad en una columna anterior. En efecto, tras su implementación hubo una importante reducción de las muertes por armas de fuego, pero esta se dio solo en la mitad de los estados. Además, casi la totalidad sucedió en San Pablo, donde la reducción comenzó a notarse un año antes, tras la reforma y el fortalecimiento de la policía estadual. Por eso, lo más probable es que la reducción temporal de los homicidios no fuese una consecuencia directa del Estatuto, sino más bien su implementación conjunta con otras medidas de alto impacto en ciertos estados. La realidad, además, es que el Estatuto del Desarme no logró contener el aumento drástico de la violencia por mucho tiempo: en 2009 las tasas de homicidio volvieron a los niveles de 2003 y desde entonces no han parado de crecer.

Pero más allá del caso concreto, hay dos argumentos generales que dicultan las posibilidades de éxito de estas estrategias. El primero es que la correlación entre proliferación de armas y criminalidad suele ser baja. Es decir, no hay una relación clara entre sociedades más o menos armadas y niveles altos o bajos de delito, ni dentro ni afuera de América Latina. Sin ir más lejos, se estima que Canadá tiene el mismo número de armas de fuego por habitante que Uruguay, y su tasa de homicidios es once veces menor que la nuestra. La clave suele estar en el contexto en que se sitúan las armas.
En países como Suiza y Canadá, la proliferación de armas no suele traducirse en violencia. En el contexto latinoamericano suele pasar lo contrario, ya que incluso bajos niveles de proliferación presentan una letalidad muy elevada.
El segundo argumento es que quienes participan en los programas de desarme son usuarios de bajo riesgo, cuyas armas suelen estar descompuestas o tienen pocas posibilidades de ser mal utilizadas. Los delincuentes, por el contrario, adquieren sus armas en el mercado negro y no suelen participar de los programas de desarme, salvo cuando estos incorporan algún incentivo perverso que les permite obtener una ganancia. Lo mismo aplica a los usuarios de riesgo, quienes no suelen estar dispuestos a entregar sus armas gratuitamente y menos aún si las tienen por razones de seguridad.
Por eso, en la literatura internacional prima la visión de que estos programas no son realmente efectivos para incidir en el delito. La criminalidad es el resultado de una multiplicidad de factores y el acceso a las armas de fuego es solo uno de ellos. Si en los últimos años ha aumentado el delito armado, es porque en Uruguay se ha instalado el crimen organizado. Es la misma tendencia que vimos en Brasil y en otros países de la región, donde el aumento de los asesinatos cometidos con armas de fuego demostró deberse al establecimiento y mayor actividad de pandillas. Es el combate a estos grupos y a los mercados que los sustentan lo que va a dar resultados contundentes. Teniendo eso en cuenta, no es mala idea apostar por una campaña voluntaria de desarme permanente. Tenemos una sociedad fuertemente armada y dichas estrategias sí pueden ser útiles para prevenir otros hechos de violencia, como son los accidentes y suicidios. Estos últimos siguen siendo la primera causa de muerte violenta en nuestro país, por cierto.
Pero, en denitiva, la efectividad de estos programas depende de la coyuntura. La mayoría de los uruguayos se sienten desprotegidos frente a una criminalidad cada día más osada e impredecible. Siempre me pareció que despotricar la tenencia de armas en estas circunstancias denota cierto elitismo. Las armas de fuego pueden ser un instrumento letal para generar violencia y perpetuar crímenes, como también pueden ser un instrumento efectivo de defensa personal contra el delito. Yo no poseo armas de fuego, no me gustan ni reconozco un derecho inalienable a tenerlas. Ahora, si hoy tuviese que atender un almacén en un barrio complicado de Montevideo, probablemente estaría armado. Por las dudas.

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Legítima defensa y otros fascismos.

Escribo esto un poquito condicionado, porque casi nunca tuve suerte con la justicia y los jueces en España. Mi experiencia es poco satisfactoria. En los años 80, tras un reportaje sobre la ultraderecha, un juez que tocaba esa música me quiso empapelar por mencionarlo, aunque luego, tras apelaciones y recursos, todo quedó en nada. Peor suerte tuve cuando un individuo pretendió sacarme 80.000 mortadelos acusándome de plagio, y tras ganarle tres juicios se dio la casualidad de que el último cayera en manos de una compañera de profesorado en la misma universidad, puerta con puerta, del abogado de mi parte contraria (naturalmente, nada tuvo que ver eso con la sentencia; lo cuento solo como simpático y superfluo detalle costumbrista). Hasta el episodio más reciente tiene su puntito de recochineo judicial: un miserable que me cubrió de calumnias fue absuelto porque, aunque se reconocen en la sentencia las mentiras y las calumnias, según el texto yo soy personaje conocido pero el calumniador no lo es; y eso le da perfecto derecho a inventar y publicar un currículum chungo con absoluta impunidad. Lo punible, claro, habría sido lo contrario. Que yo me ciscara en su puta madre. Ahí sí me habrían sacudido bien, sus señorías.

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Con el ánimo templado por tan deliciosos antecedentes, y otros que omito por no aburrir –una vez gané un juicio en Canarias, pero tardé meses en creérmelo–, leo la sentencia sobre el anciano de 83 años al que un jurado popular se ha pasado por la piedra por matar a uno de los dos ladrones que asaltaron su casa. Por suerte para el matador, me digo, no era personaje conocido; porque en tal caso tal vez le habría caído una temporada más larga y ejemplarizante. Pero tuvo suerte. Como se trataba solo de un abuelo que no escribe novelas ni firma artículos ni sale en la tele, que dos facinerosos se le metieran en casa y le dieran una buena estiba a él y a su anciana esposa, y que él agarrara una pistola y –a sus 83 años, insisto– le pegara un tiro a uno de ellos, y luego le pegara otro tiro más, le ha costado solo dos años y medio por rápido de gatillo. El abuelo "podía haber utilizado otras alternativas igual de efectivas", dice la sentencia; como, por ejemplo, "la mera exhibición del arma o efectuar un nuevo disparo al suelo en espera de disuadir al asaltante". Así que, bueno. Eso. Treinta meses de talego de los que sí se cumplen. Si no lo indultan antes, saldrá con 86 tacos de almanaque y podrá, reintegrado al fin a la sociedad contra la que obró, rehacer su vida.

Imaginen, con cuanto acabo de contar, cómo lo supongo de crudo el día, o la noche, en que dos treintañeros malosos decidan hacerme una visita a domicilio: mi procedimiento a seguir, habida cuenta de que aún no tengo atenuante octogenario, pues soy un vigoroso adulto de 66 tacos. A ver cómo convenzo al juez o al jurado de que, si le suelto un escopetazo con postas a uno que se cuele en casa a las tres de la madrugada, lo habré hecho tras considerar serena y fríamente si no tendría a mano otras alternativas igual de efectivas, o si la mera exhibición del arma, una vez encendida la luz para que la vean, no bastaría para disuadir a la peña. Porque, a fin de cuentas, yo soy personaje conocido –"Reverte se carga a dos pobres intrusos nocturnos y anónimos sin averiguar sus intenciones"–; y ellos, criaturas tratadas de modo injusto por la sociedad capitalista, a los que mi perdigonada fascista privaría de la posibilidad de una reinserción idónea.

Así que aquí ando, oigan. Preparando mi defensa judicial por si luego no me da tiempo. Estableciendo un protocolo. Antes que nada, si abro los ojos y encuentro a alguien en mi dormitorio, deberé encender la luz y preguntar si ha entrado a robar o a pedirme un autógrafo. Después, una vez confirme sus intenciones delincuentes, averiguaré si va armado de pistola o navaja, a fin de que mi respuesta, en caso de ser violenta, sea también proporcional. Nada de escopetazo si lleva pistola, ni de pistoletazo si lleva navaja, ni de sable de caballería si lleva garrote. Cuidadín con eso, que los jueces se fijan mucho. En el peor de los casos, si va artillado, procuraré que él dispare primero; y solo en caso de que no me mate, dispararle yo. Aunque sin matarlo, por supuesto. Porque si me lo cargo, sin duda alguien apreciará en lo mío un exceso de legítima defensa. Así que lo primero será tirar al aire. Pum. Y solo si eso no lo disuade podré apuntar a una pierna; aunque procurando, claro, no darle en la femoral, porque entonces palma y la liamos parda. Y a la cabeza, desde luego, ni se me ocurra. Ahí solo podré dispararle en caso de que él me haya matado antes. Y aun así, ya veremos.

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